Las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional (AN) sancionaron ocho leyes presentadas por la Comisión Mixta Especial para la Revolución del Sistema Judicial; presidida por el legislador de la Bancada de la Patria, Diosdado Cabello, responsable de coordinar dicha instancia.
Se hizo una revisión minuciosa de las normas, basándose en los artículos 2, 19 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestó Cabello, quien aclaró que durante esta primera fase no intervino ningún Poder Público del Estado venezolano.
Para hacer el levantamiento de información y así aplicar los correctivos, los legisladores de la Comisión visitaron 394 Centros de Prevención Penitenciaria; donde entrevistaron a 27.963 personas, informó Cabello.
Cada diputado tardó diez horas por entrevista; hecho resaltante porque así pudieron percibir el ambiente donde están recluidos los privados en libertad, expresó.
Cabello manifestó que la revolución judicial se decidió, porque se quiere transformar el Sistema desde dentro, ya que presenta presuntos actos de corrupción, deterioro de las instalaciones y está dominado por tribus judiciales.
Nuevo orden judicial
“Se está haciendo un cambio significativo; sin embargo, debemos seguir corrigiendo y avanzando porque se quiere llegar hasta el hueso del problema en el sistema judicial venezolano”, reafirmó Cabello.
En esta primera fase, indicó que la tarea se pudo alcanzar en un 95%, gracias al trabajo de campo hecho por los diputados pertenecientes a la Comisión Mixta y demás poderes públicos.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Interior, Justicia y Paz de la Asamblea Nacional, Pedro Carreño, indicó que al Sistema Judicial se le quiere dar garantías, calidad y transparencia, además de rescatar los valores y principios con los cambios.
“Es la construcción de un nuevo orden para que el pueblo viva en justicia y paz. Se están respetando las garantías constitucionales en el proceso de revisión de las leyes” comentó Carreño.
Agregó que con la reforma se quiere mejorar la arquitectura jurídica; pero se requiere una revolución interna para mejorar los procesos judiciales no actualizados a los tiempos actuales.
Reforman Código Penal
Así, se reformó la Ley del Código Procesal Penal en 19 artículos para avanzar en los procesos judiciales de los privados de libertad, así como las victimas en caso de cometerse delitos.
Entre las modificaciones resalta la del Artículo 69, referido a los Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, donde solo existía un tribunal de control, ahora con el cambio, se asignará un juez o jueza en el centro penitenciario, hecho importante porque podrán agilizarse los juicios.
También el Artículo 267 de la Sección Segunda, sobre la denuncia de la víctima, quien podía acudir a cualquier fiscal para denunciar algún delito, ahora con la modificación el venezolano al que se le haya vulnerado su derecho en el exterior podrá ir la sede diplomática para denunciar el hecho.
En cuanto al Artículo 309, sobre la audiencia preliminar, el articulado fijaba un plazo de veinte días, ahora pasó a exceder cinco días, entendiendo que las partes, ya se encuentren a derecho, lo que permite avanzar en el juicio.
Otra modificación resaltante es la reforma parcial del Código Orgánico de Justicia Militar en su Artículo 6, el cual establecía juicio por hechos penados por la ley a militares y civiles, ahora con la nueva redacción ningún civil podrá ser enjuiciado ante los tribunales con competencia en materia penal militar.
PNB será custodia
En cuanto al Código Orgánico Penitenciario, su Artículo 85, se creará un cuerpo de seguridad y custodia de naturaleza civil para el resguardo de los privados de libertad; anteriormente eran militares quienes tenían la responsabilidad.
Así también, el Artículo 87 cambió al asignar al Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana como encargado de la seguridad externa de los recintos penitenciarios, siendo responsable de la vigilancia externa de las cárceles.
En cuanto a la Ley del Estatuto de la Función Policial, se redactó un nuevo capítulo después del Artículo 87, el cual crea la Comisionaduría Nacional de Derechos Humanos; entidad que tendrá la función de recibir, tramitar e investigar disciplinariamente las denuncias de violación de derechos humanos, cometidos por los funcionarios de seguridad.
Sobre la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público, se revisaron 13 artículos que permiten ampliar la solicitud de información a las instituciones públicas para así darle participación protagónica al pueblo venezolano.
Serán sólo 20 los días hábiles que tendrá el ente para dar respuesta a la solicitud, si la contraparte no cumple el tiempo, se podría extender por otros 20 días más, siempre y cuando haya acuerdo entre las partes; así lo expresa el Artículo 10 de la norma.
Así también, el solicitante deberá colocar la cédula de identidad, una descripción suficientemente precisa de la información solicitada para permitir que sea ubicada y los motivos que justifican la solicitud de información de interés público; señala el Artículo 9.
Estos fueron los primeros avances hechos por la Comisión del parlamento, en los próximos meses el Poder Legislativo discutirá otro paquete de leyes necesarias para movilizar la justicia venezolana.