El reciente Decreto de Emergencia Económica, promulgado por el presidente Nicolás Maduro y aprobado por la Asamblea Nacional, constituye una respuesta inmediata ante un complejo escenario económico y geopolítico. El país enfrenta una renovada arremetida por parte de la administración de Donald Trump, impulsada a petición y con el respaldo de sectores de la oposición extremista encabezados por María Corina Machado. Esta ofensiva incluye una combinación de factores adversos, tales como las medidas coercitivas unilaterales conocidas como “sanciones”, el bloqueo comercial y financiero internacional, la suspensión de licencias a empresas petroleras y de servicios, así como la imposición de nuevos aranceles.
En este contexto, el decreto se presenta, en primer lugar, como un instrumento que, amparado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, otorga al Ejecutivo Nacional facultades extraordinarias para intervenir en el orden económico y social, con el propósito de garantizar la protección de los derechos fundamentales de la población. Su fundamento jurídico se encuentra en los artículos 236 (numeral 7), 337, 338 y 339 de la Carta Magna, los cuales establecen la declaración de estados de excepción ante circunstancias extraordinarias que comprometan gravemente la seguridad económica o institucional del país. De forma específica, el artículo 338 contempla el estado de emergencia económica como una modalidad aplicable durante 60 días prorrogables.
El contenido del decreto comprende una serie de acciones que responden tanto a la urgencia de la coyuntura como a una orientación estratégica de recuperación. Entre las disposiciones más relevantes se incluye la facultad de suspender temporalmente la aplicación de tributos nacionales, estadales y municipales en sectores productivos esenciales. Asimismo, se autoriza la reasignación de recursos presupuestarios, se habilita la contratación directa de bienes y servicios necesarios para garantizar derechos sociales, y se fomenta la inversión nacional e internacional como vía para dinamizar el aparato productivo. De igual forma, se contemplan medidas orientadas a la sustitución estratégica de importaciones, al combate contra la evasión fiscal y la posibilidad de intervención en el ámbito cambiario y financiero.
En síntesis, el decreto busca mitigar los efectos del cerco internacional, asegurar la continuidad de los servicios públicos y sociales, y generar condiciones mínimas para la estabilización económica. Más allá de su carácter técnico, representa una manifestación concreta del ejercicio de la autodeterminación y de la resistencia económica, la cual demanda el compromiso colectivo y la unidad nacional frente a la coyuntura actual.
@RamonLoboMoreno