Luis Dávila
La Ley Contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, promulgada el pasado jueves 9 de noviembre por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), es un instrumento de paz para futuras generaciones y su divulgación comenzará desde las escuelas, explicó la constituyentista Tania Diaz, al tiempo que resaltó que esta ley «promueve y garantiza la convivencia pacífica para los y las venezolanas de futuras generaciones».
«Lo que estamos haciendo es preservando la salud mental y el futuro de quienes vienen detrás de nosotros, de las generaciones futuras. Aquí tenemos patria, que nadie se equivoque, tenemos la patria más viva que nunca y lo digo por todo el ataque contra la patria venezolana», resaltó Diaz durante un foro realizado para explicar los alcances de este instrumento jurídico.
Como se recordará, la Ley contra el Odio fue una propuesta presentada por el presidente Nicolás Maduro ante la ANC con la finalidad de prevenir hechos como los ocurridos en Venezuela entre abril y julio de este año, cuando una arremetida fascista promovida por factores externos causaron más de 130 muertos, miles de heridos y pérdidas materiales millonarias. Una de las estrategias utilizadas por los promotores de los actos golpistas fue la inoculación del odio y la intolerancia en ciertos sectores de la sociedad, especialmente a través de mensajes anónimos colgados en las redes sociales.
Se esperaba generar un espiral de violencia sin límites para luego propiciar una intervención armada contra Venezuela que colocara en el poder a un gobierno títere capaz de garantizar a la administración Trump acceso sin restricciones a las enormes riquezas naturales de la nación, especialmente sus recursos energéticos, los más grandes del mundo.
Al presentar el proyecto de ley, Maduro explicó que uno de los objetivos primordiales del instrumento jurídico es promover y garantizar la tolerancia y el respeto, para de esta manera erradicar toda forma de odio, discriminación y violencia, a los fines de preservar la paz obtenida luego de la elección de la ANC el pasado 30 de julio.
Una ley a favor de la paz y el respeto
La aprobación de esta ley histórica marca un precedente como parte de la lucha y prevención del fascismo con «la prohibición expresa de promover la intolerancia a las organizaciones y partidos como forma de hacer política».
La norma prohíbe la difusión y publicación de propagandas de guerra, mensajes racistas en medios de comunicación masivos y redes sociales como Twitter, Facebook, Instagram y otros. En su lugar, la prensa deberá divulgar mensajes pacíficos que fomenten la tolerancia y convivencia.
El mandato jurídico también insta a la creación «de la comisión para la promoción y garantía de la convivencia pacífica como interinstitucional para diagnosticar, organizar y formular las directrices de la política pública, destinada a promover y garantizar la dignidad humana, el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia, el respeto recíproco».
Asimismo, extenderá la creación de centros de educativos para las nuevas generaciones con la premisa de incentivar el respeto a lo diferente desde la infancia.
Además, destaca la prohibición absoluta del funcionamiento de aquellos partidos políticos y organizaciones que inciten a cometer actos fascistas y llamen al odio para atentar contra la tranquilidad y el derecho a la paz intrínseco de los venezolanos.
Por su parte, el doctor en derecho constitucional, Jesús Silva, considera que tipificar el odio pudiera entrar dentro del campo de la subjetividad, pero tiene la esperanza de que se aplique de manera justa. Desde su perspectiva, la ley en sí misma no es mala “siempre y cuando se aplique correctamente de acuerdo a la teoría penal de la culpabilidad”. También tiene que ser atendido desde el punta de vista comunicacional, explica, porque debe haber responsabilidad ulterior ante los mensajes violentos emitidos desde las redes sociales.
Propone que se elabore un reglamento “que desarrolle conceptos más precisos de esos tipos penales” establecidos en la ley para garantizar su exacta aplicación. “Esta Revolución no tortura, persigue ni atropella personas” señala.
Claves para la tolerancia
Este instrumento jurídico que ya fue publicado en la Gaceta Oficial, está compuesto por 25 artículos, además de disposiciones transitorias y finales, el cual establece la responsabilidad por la promoción del odio y la difusión de mensajes que estimulan la guerra y la confrontación. Entre sus aspectos más resaltantes destacan:
1.- Este proyecto de ley fue propuesto a la ANC por el presidente de la República Nicolás Maduro el 10 de agosto de 2017, conjuntamente con un conjunto de proyectos jurídicos.
2.- Los usuarios de la red social Twitter serán sancionados si difunden mensajes de odio en las redes sociales y gozan de 6 horas desde la publicación para eliminar el mensaje. Si no lo hace, las multas que se deberán pagar van desde cincuenta mil hasta cien mil unidades tributarias.
3.- Quedará revocada la concesión en radio y televisión ante la promoción de odio o propagandas de guerra.
4.- Fija sentencias hasta de 20 años de cárcel para quienes inciten a la discriminación, odio o la violencia contra una persona o un grupo de personas a través de cualquier medio.
5.- Los portales web que sean considerados inadecuados por su contenido, serán bloqueados.
6.- El personal de centros de salud que se niegue a atender a una persona por razones de odio, será sujeto a penas de prisión de ocho a diez años.
7.- Deberán pagar una multa de 4% de los ingresos brutos, todos aquellos medios de comunicación que no difundan mensajes destinados a promover la paz, la igualdad y la tolerancia. Esta multa será depositada en el Fondo de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
8.- Los funcionarios que se abstengan o retarden el proceso de consumación de una infracción, serán sancionados con prisión de ocho a diez años.
9.- El Consejo Nacional Electoral (CNE), revocará la inscripción de partidos políticos que promuevan la intolerancia, el fascismo, el odio social, racial, étnico, político, religioso, expresión de género, orientación sexual y de cualquier otra naturaleza.
10.- Prohíbe la constitución de movimientos y organizaciones que quebranten lo establecido en la ley.
Cuatro F Nº 148 (PDF)